Que necesitas encontrar?

SUBVENCIONES A LA PRODUCCIÓN DE NUEVOS MONTAJES TEATRALES DE SALA Y DE CALLE DE CARÁCTER PROFESIONAL

Publicado el 20 de Febrero de 2020


Se entiende por nuevos montajes los que se estrenen en el periodo que establece la base 3.b), así como las reposiciones o revisiones de aquellos espectáculos en los que la producción originaria tenga, como mínimo, cuatro años de antiguidad y que no haya sido representada, como mínimo, un año antes de la fecha de estreno de la reposición o revisión.

El plazo para solicitar la subvención finaliza el 12 de marzo de 2020.

Pueden optar a estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas que lleven a cabo la totalidad o parte de su actividad en el ámbito del teatro. Así mismo, pueden optar las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE).

No pueden optar las entidades sin ánimo de lucro ni los ayuntamientos o entes vinculados o dependientes, incluídos los consorcios, las fundaciones y las sociedades mercantiles con capital social íntegramente o mayoritáriamente de las entidades mencionadas.

MÁS INFORMACIÓN