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RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE CONCESIÓN DE AYUDAS DEL ICEC PARA PRODUCCIONES DE TEATRO PARA UN MUNTAJE EN CONCRETO

Publicado el 18 de Julio de 2017

El 18 de julio de 2017, se publicó en el Tablero Electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas del Institut Català de les Empreses Culturals para producciones de teatro para un montaje en concreto.

Consultar esta publicación

Es importante leer atentamente las siguientes indicaciones:

De acuerdo con las bases generales, a partir del dia siguiente de la publicación disponéis de 10 días hábiles para:


1. Desistir o reformular el proyecto y el presupuesto para adaptarlos a la ayuda propuesta si su importe es inferior al solicitado.

a) En caso de desistir conviene enviar un escrito firmado por la misma persona que presentó la solicitud. Este escrito se tiene que enviar por OVT al apartado “documento de renuncia”.

b) En caso de reformular, la reformulación sólo puede minorar el presupuesto, como máximo, por el importe de la diferencia entre el importe solicitado y el propuesto; y se tendrá que presentar un nuevo presupuesto y una explicación de los cambios en el proyecto que tiene que respetar el objeto de la subvención, las condiciones y la finalidad de la subvención así como los criterios de valoración establecidos con relación al proyecto, y no puede comportar una modificación sustancial del proyecto. En este sentido, se tiene que continuar cumpliendo los límites de la cuantía de la subvención respeto al nuevo importe reformulado y que están establecidos en las bases. Así mismo, de acuerdo con el punto 11.4, en el supuesto de haber presentado una reformulación, la otorgamiento de la subvención que se publicará en la resolución definitiva comlleva la aceptación de la reformulación.

c) En cas de no desistir ni reformular, se dará por aceptado el importe propuesto y su proyecto inicial.


2. Informar
, aquellas personas jurídicas propuestas para recibir una ayuda por un importe superior a 10.000 euros , mediante declaración responsable, las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, al efecto de hacerlas públicas siempre en cumplimiento del artículo 15.2 de la Lei 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. (Descarregar el fichero que se debe rellenar y presentar).